El hecho ocurrió en diciembre de 2025 en una estación de servicio. El imputado reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado y deberá cumplir pautas de conducta.
Un hombre fue condenado a tres años de prisión en suspenso por un violento hecho ocurrido en la localidad de San Francisco del Monte de Oro, donde una persona resultó con lesiones de gravedad que pusieron en riesgo su vida.
La Fiscal de Instrucción en lo Penal Nº 6 de la Primera Circunscripción Judicial, Linda Maluf, solicitó la homologación de un acuerdo de juicio abreviado para que Armando Gabriel Jofré sea condenado como autor del delito de lesiones graves. El planteo fue presentado ante un Tribunal unipersonal del Colegio de Jueces, presidido por la jueza Eugenia Zabala Chacur.
De acuerdo a la investigación, el episodio se registró el 13 de diciembre de 2025 en una estación de servicio de la localidad, cuando el imputado inició una agresión contra la víctima, a quien golpeó con puños y patadas. La situación se agravó cuando, con la persona ya en el suelo, Jofré utilizó una llave cruz de su vehículo para continuar el ataque, provocándole heridas de extrema gravedad.
Durante la audiencia, el acusado —asistido por su defensor— reconoció su responsabilidad en los hechos y aceptó la calificación legal y la pena propuesta por el Ministerio Público Fiscal. La víctima también prestó conformidad con el procedimiento.
Entre las pruebas reunidas se incluyeron testimonios de testigos presenciales, informes médicos que acreditaron la magnitud de las lesiones, registros fílmicos del lugar y el secuestro del elemento utilizado en la agresión.
Como parte del acuerdo, se estableció además una reparación económica de 200 mil pesos a favor de la víctima.
En caso de homologarse la condena, el imputado deberá cumplir una serie de pautas de conducta, entre ellas fijar domicilio, abstenerse de consumir alcohol, no cometer nuevos delitos y someterse a control judicial durante el plazo de la pena. De incumplir estas condiciones, podría pasar a cumplir la condena de manera efectiva en el Servicio Penitenciario.
Al momento de fijar la pena, la fiscal valoró como atenuante la falta de antecedentes penales del acusado, mientras que como agravantes se consideraron la violencia ejercida, el uso de un objeto contundente y el riesgo de vida ocasionado a la víctima.
Fuente: Periódico Judicial

















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