El juez Juan Manuel Montivero Chada extendió la medida por 60 días más. El acusado podrá solicitar salidas laborales bajo condiciones específicas, mientras la Fiscalía avanza con el pedido de una condena de siete años de prisión.
Este lunes, el Juez de Garantía N° 1, Juan Manuel Montivero Chada, hizo lugar al pedido del Fiscal de Instrucción N° 1, Francisco Assat, y prorrogó por 60 días más la prisión domiciliaria de Lautaro Robledo, quien está imputado por el delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa.
El caso
El 9 de octubre de 2024, en la localidad de Quines, Robledo y Jorge Leyes se encontraron en la esquina de Córdoba y Edison. Según la investigación, ambos discutieron por un conflicto previo y, en medio del altercado, Leyes habría intentado agredir a Robledo con una varilla de caño cuadrado. Ante esto, Robledo sacó un revólver calibre 22 y disparó tres veces, impactando un proyectil en el pecho de la víctima.
Leyes fue trasladado de urgencia al Hospital Ramón Carrillo de San Luis, donde permaneció en estado crítico, intubado y en coma farmacológico. Finalmente, logró recuperarse.
La resolución judicial
Durante la audiencia, el fiscal Assat argumentó que persisten los riesgos procesales de fuga, entorpecimiento de la causa y peligro para la víctima, por lo que solicitó la prórroga de la prisión domiciliaria por 90 días. También adelantó que el juicio oral se llevará a cabo en breve y que la Fiscalía pedirá siete años de prisión para el imputado.
El abogado querellante Nedo Gómez, representante de la víctima, respaldó la solicitud de la Fiscalía.
Por su parte, la defensora Fanny Tortosa Gatica pidió que se le otorguen salidas laborales diarias a su defendido, argumentando que cumplió estrictamente con la prisión domiciliaria y necesita trabajar para mantener a su hija.
El juez Montivero Chada resolvió extender la prisión domiciliaria por 60 días, aunque dejó abierta la posibilidad de autorizar salidas laborales entre las 7:30 y las 20:30, siempre que se acredite un lugar de trabajo y que la medida no interfiera en el proceso judicial.















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