En San Luis, una compañía del sector agropecuario fue sancionada con más de 2 millones de pesos por no cumplir con una orden de embargo que le fue impuesta hace casi seis años. El fallo está relacionado con un juicio de filiación en el que un hombre fue condenado por no reconocer a su hijo a tiempo. El abogado de la madre, Marcelo Otamendi valoró la importancia de esta resolución, ya que demuestra que el Código Procesal de Familia está siendo implementado de manera efectiva, sin privilegios para grandes empresas
Un largo proceso judicial culminó con una multa de más de 2 millones de pesos a una empresa agropecuaria, que durante casi seis años ignoró una orden judicial de embargar el sueldo de uno de sus empleados. La sanción fue impuesta debido a que el trabajador debía pagar una indemnización en el marco de un juicio de filiación, iniciado en 2016 por la madre de un niño que reclamaba el reconocimiento de paternidad.
El Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 2, a cargo de la jueza Viviana Elizabeth Oste, había determinado que el hombre debía abonar una suma de $20.000 como compensación por daño moral, luego de confirmar su paternidad extramatrimonial. Sin embargo, al no cumplir con el pago, se ordenó el embargo de su salario, medida que la empresa empleadora debía ejecutar.
Según explicó el abogado de la madre, Marcelo Otamendi, la firma fue notificada en varias ocasiones para que retuviera el dinero correspondiente, pero ignoró las comunicaciones judiciales durante años. Esta demora llevó a que el juzgado, en marzo de 2023, impusiera una multa diaria de $27.974,98 por cada día de incumplimiento, cifra que se fue acumulando hasta alcanzar los 2 millones de pesos.
Finalmente, tras más de 80 días de desobediencia, la empresa hizo el depósito correspondiente en abril de 2024, luego de que se le intimara nuevamente y se amenazara con embargar bienes.
La Dra. Tamara Salinas, secretaria de la Oficina de Gestión Unificada de Familia, destacó que este tipo de sanciones ejemplares son necesarias para que los empleadores comprendan las serias consecuencias de no acatar las órdenes judiciales. “El uso de estas herramientas jurídicas es esencial para garantizar que los procesos de familia, que requieren respuestas rápidas, no sean obstaculizados”, reflexionó.
El abogado Marcelo Otamendi también valoró la importancia de esta resolución, ya que demuestra que el Código Procesal de Familia está siendo implementado de manera efectiva, sin privilegios para grandes empresas.
Lo importante es que se pudo ir más allá de la advertencia, es decir, del oficio reiteratorio y se pudo sancionar a la empresa”, señaló el letrado afincado en Luján. También añadió que con esta decisión judicial se hace efectivo el apercibimiento que nos marca el Código Procesal de Familia donde se impone una multa a situaciones donde la empresa o una persona de índole privada no contesta los oficios de informes.
“Quiero destacar que el Código Procesal de Familia se está implementando y cumpliendo; es una evolución en la aplicación de la legislación provincial y que dejan de tener ciertos favoritismos algunas empresas importantes de la provincia”, concluyó Otamendi.
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