A partir del decreto firmado hoy por la Intendenta Municipal, Mariella Paez Hernandez, se prohíbe en todo el ejido la realización de eventos culturales, deportivos, sociales o de esparcimiento que implique la conglomeración de gente. Además, hay medidas especiales para locales de comidas y hoteleros.
En consonancia con el decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado ayer por el presidente Alberto Fernández, que declara la emergencia sanitaria nacional por la presencia del coronavirus y “ante la necesidad de adoptar medidas extremas y urgentes, tendientes a frenar la PANDEMIA provocada por la existencia de coronavirus (Covid-19)”, Mariella Paez Hernandez firmó hoy el Decreto 02/2020, que establece “a partir de la fecha del presente Decreto, la prohibición en el Ejido de la Municipalidad de Luján, la realización de todo evento cultural, deportivo, social y/o de esparcimiento que implique la conglomeración o aglutinamiento masivo de personas”.
Además, dispone que la prohibición dispuesta será de alcance parcial para los establecimientos de rubros comerciales tales como Restaurantes, Bares, Restobares, Cafés u otros establecimientos, quienes podrán funcionar con las previsiones se establecen en el decreto. Estas previsiones son: poseer y tener a disposición del público en general:
a.- Jabón tocador, preferiblemente líquido;
b.-Toallas de papel;
C- Potes que contengan alcohol en gel o líquido;
Además el decreto dispone que todo propietario, tenedor, poseedor quien ejerza la explotación comercial de establecimientos habitaciones, tales como cabañas, dormis, hoteles, casa habitación, hosterías, camping, apart-hotel, hostel u otro establecimiento que desarrolle actividades comerciales similares a las descritas, tendrá la obligación inexcusable de requerir del visitante-turista los siguientes datos:
a- Apellido y Nombre completo y DNI
b.- Domicilio real, localidad y ciudad donde vive
c- informe o declare el lugar, localidad, ciudad o provincia o país de donde proviene con anterioridad de su llegada a Luján.-
d.- Si viene acompañado de otras personas, informar si son familiares o no. En caso de no ser familiares, cada uno de los integrantes deberá informar individualmente lo requerido en los puntos a), b) y c)
e.- Declarar la cantidad de días que se quedará en la Localidad
f.- Proporcionar un número de teléfono personal u otro alternativo donde se lo pueda contactar y una dirección de correo electrónico.
Una copia de dicho formulario de información, deberá ser presentado y puesto a disposición del Municipio.
“Asimismo, e independientemente del cumplimiento formal de confeccionar el informe descrito, todo propietario, tenedor, poseedor o quien ejerza la explotación comercial de los establecimientos mencionados precedentemente, se le impone la obligación inexcusable de denunciar inmediatamente, toda situación que pudiera detectarse y que se relacione con la enfermedad de coronavirus, llamando a la línea telefónica 107, al Municipio y al Centro de Salud de nuestra localidad”, señala el Decreto.
Quienes incumplan las obligaciones impuestas, serán pasibles de la aplicación de sanciones económicas y clausura de los mismos.

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